previamente interpretadas, porque ello repercutiría negativamente en “los esfuerzos y la capacidad del tribunal para despejar su carga de trabajo”. El juez Kenneth Kakuru estuvo de acuerdo en que la petición debía ser desestimada, dado que la petición debía plantear una cuestión sobre interpretación constitucional, aunque criticó que el Tribunal no formuló una pregunta correcta y no buscó una respuesta a si los derechos de los demandantes habían sido restringidos más allá de las limitaciones justificables en una sociedad democrática, lo que podría haber sido considerado por el Tribunal en este caso. Señaló que en la era digital, está bastante claro que cualquier apagón de internet tendría consecuencias adversas para todos, incluso si el cierre durara solo un día. El juez Kakuru también dijo que la petición se basaba únicamente en el punto de vista subjetivo de los demandantes, mientras que debería haberse basado en una prueba objetiva, tal y como establece el artículo 43 (2) (c) de la Constitución, elaborando, por ejemplo, “un estudio comparativo en el que se detallen las circunstancias en las que se puede restringir el acceso a internet en sociedades libres y democráticas”. Por último, el juez Kakuru opinó que un número creciente de peticiones presentadas ante el Tribunal por parte de ONGs y particulares están mal concebidas y tienen un contenido poco profundo. Y, por tanto, el Tribunal debería “proceder a desestimar sumariamente las peticiones infundadas y sólo proceder a conocer y resolver las que lo merezcan”. El juez Richard Buteera estuvo de acuerdo en que la petición no debía prosperar por las razones expuestas en la decisión, sin ofrecer más detalles ni comentarios. Impacto de la decisión Resultado mixto Aunque el Tribunal no entró en materia, reconoció, al menos implícitamente, que el acceso a internet está protegido por el derecho a la libertad de expresión garantizado por la Constitución ugandesa. También dio un paso positivo al hacer referencia a la jurisprudencia comparada— por ejemplo al mencionar al Tribunal Supremo indio en el caso Bhasin v. Unión de la India— y respaldar los parámetros adoptados en esa decisión, que amplía la libertad de expresión y el acceso a internet, prohíbe los apagones indefinidos de internet y somete la suspensión temporal del internet al requisito de proporcionalidad y al escrutinio judicial. No obstante, dicho respaldo a esta decisión demuestra que el Tribunal considera permisible la suspensión temporal del internet, lo que significa que un apagón total de este servicio podría considerarse una restricción razonable siempre que no sea indefinido.

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