General del Proceso) se procederá a la suspensión del procedimiento sólo
después que el Magistrado actuante haya dispuesto la adopción de las
medidas provisorias referidas en la presente ley o, en su caso, dejando
constancia circunstanciada de las razones de considerarlas innecesarias.
CAPITULO SEXTO - RESPONSABILIDADES
Artículo 31
(Responsabilidad administrativa).- Constituirán falta grave, sin
perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieran
corresponder:
A) Denegar información no clasificada como reservada o confidencial.
B) La omisión o suministro parcial de la información requerida, actuando
con negligencia, dolo o mala fe.
C) Permitir el acceso injustificado a información clasificada como
reservada o confidencial.
D) La utilización, sustracción, ocultamiento, divulgación o alteración
total o parcial en forma indebida de la información que se encuentra
bajo su custodia o a la que se tenga acceso por razones funcionales.
CAPITULO SEPTIMO - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 32
(Plazo de implementación de sitios web).- Los sitios web deberán ser
implementados por los sujetos obligados, en el plazo perentorio de un año,
contado a partir de la publicación de la presente ley. Su reglamentación
regulará los lineamientos técnicos que permitan la uniformidad,
interacción, fácil ubicación y acceso de esta información.
Referencias al artículo
Artículo 33
(Clasificación de la información). Al 31 de julio de
sujetos obligados deberán elaborar la lista de toda la
fecha se encuentre clasificada como reservada, siempre
comprendida en algunas de las excepciones contempladas
la presente ley.
2012, todos los
información que a la
y cuando esté
en el artículo 9° de