pronunciamiento de fondo en el proceso de la referencia, eliminaran del
micrositio que administran, respectivamente, dentro del portal web de la Rama
Judicial, los documentos que se encuentran publicados relacionados con los
procesos aludidos, y (ii) al CENDOJ que garantizara el acompañamiento,
asesoría y apoyo técnico que fueran necesarios para lograr el cabal
cumplimiento de las medidas provisionales ordenadas.
xi. Respuesta de las autoridades a las medidas provisionales ordenadas en
el Auto 652 de 2022
51. El 12 de mayo de 2022 el despacho de la magistrada sustanciadora
recibió un correo electrónico remitido por el secretario del Juzgado 2. En este,
el funcionario informó que, en cumplimiento del Auto 652 de 2022, «[…] se
procedió a realizar una búsqueda minuciosa a través del sistema de registro de
actuaciones Siglo XXI, del proceso mencionado sin que se encontrara[n]
resultados, por no haber sido remitido en ninguna oportunidad por el juzgado
de conocimiento a esta instancia».
52. Además, el funcionario sostuvo que «[d]e la búsqueda mencionada sólo
se obtuvo como resultado la acción de tutela de Sofía contra el Juzgado 1, con
radicado No. expediente, la cual le correspondió su conocimiento y decisión al
H. M. Proferido el auto admisorio y elaboradas las comunicaciones se
procedió a realizar el aviso y su posterior publicación el micrositio que esta
secretaría tiene en el Portal Web de la Rama Judicial, el día 6 de julio de 2021.
Los hechos de la tutela tienen relación directa con el expediente de
C.E.C.M.C. de Pedro contra Sofía, por lo que en acatamiento a lo ordenado
por la H. Corte Constitucional en auto 652 de 2022, se procedió a eliminar el
mencionado aviso que fue publicado en el micrositio».
53. Por otra parte, el 13 de mayo de 2022 el despacho de la magistrada
sustanciadora recibió un correo electrónico remitido por la secretaria del
Juzgado 1. En esa oportunidad, la funcionaria informó «[…] el cumplimiento
a lo ordenado en el asunto en referencia, en cuanto a eliminar el vínculo que
corresponde a los documentos publicados en el micrositio de “traslados
especiales y ordinarios” dispuesto para el Juzgado 1, proceso No. expediente,
el cual fue anunciado el 8 de febrero de 2021». A su vez adjuntó una
solicitud que realizó al CENDOJ con el fin de que este verificara la
eliminación correcta de los documentos, de conformidad con la orden
dispuesta en el Auto 652 del 6 de mayo de 2022.
54. Además, mediante correo electrónico remitido a la Corte el 7 de junio
de 2022, el CENDOJ informó que «[…] a través de la División de Sistemas de
Información y Comunicaciones – Soporte página web, se realizó capacitación
virtual (Teams) a los despachos judiciales: Juzgado 1 y Juzgado 2 el día 16 de
mayo de 2022, hora: 2:30 p. m, a los usuarios administradores de contenidos,
así como el acompañamiento, asesoramiento y garantizando el correcto
procedimiento para la eliminación de los documentos que sobre ese proceso
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