pública; los realizados en ejercicio de una profesión u
oficio y cuyo conocimiento tenga interés público real;
así como los consistentes en la comisión de delitos o
participación culpable en los mismos, razón por la cual
la
información
que
el
recurrente
solicita
eliminar
relativa a su participación en el delito ya referido en
circunstancia además de desempeñar determinado cargo de
relevancia pública, dice relación con un hecho de interés
público.
Al
respecto,
autores
como
Humberto
Nogueira
han
sostenido que “la relevancia pública de la información es
la única causa de legitimación para afectar el derecho a
la
privacidad”
refiere
a
tal
asuntos
acontecimientos
funciones
y
información
de
que
relevancia
afectan
públicas
acontecimientos
ciudadanos,
que
además
“es
como
las
pública,
las
al
a
se
hechos
hechos
conjunto
conductas
que
instituciones
asimismo,
afectan
de
a
aquella
o
y
o
de
los
constitutivas
de
delito, las restricciones autorizadas por ley o por los
tribunales
de
justicia
competentes”
(Nogueira
Alcalá,
Humberto, “Pautas para superar las tensiones entre los
derechos a la libertad de opinión e información y los
derechos a la honra y la vida privada”, en Revista de
Derecho
de
la
Universidad
Austral
de
Chile,
v.17,
2004,pp. 155-156).
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