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T-452-22 Corte Constitucional de Colombia
mero, debido a que algunos apartes de la nota periodística conducen a entender que, en
efecto, Ciro Alfonso Guerra Picón fue condenado por hechos delictivos; y el de imparciali‐
(http://www.histats.com/viewstats/?sid=1206326&ccid=605)
dad, pues las periodistas
no concedieron al peticionario un espacio para presentar su punto
de vista, debido a que no fue contextualizado sobre los hechos y las denuncias durante la lla‐
mada que le realizaron. En criterio del juez constitucional de segunda instancia, las periodis‐
tas debieron asumir una carga mayor para asegurar la seriedad de la investigación periodís‐
tica, en especial, en consideración a la gravedad de los hechos recogidos en este reportaje.
II. RECUENTO TRÁMITE DE REVISIÓN
El expediente T-8.407.436 fue seleccionado para revisión por la Sala de Selección
Número Diez de 2021, a través de Auto de 29 de octubre, notificado el 17 de noviembre de
2021. A partir de ese momento se presentaron -y resolvieron- diferentes solicitudes, así como
[55]
escritos de intervención.
56.
Mediante Auto de 22 de febrero de 2022,
[56]
la Sala Primera de Revisión suspendió
[57]
por tres (3) meses los términos con el propósito de requerir, practicar y valorar pruebas.
[58]
A través de Auto de 5 de abril de 2022,
la Magistrada sustanciadora resolvió (i) reiterar a
[59]
algunas entidades
que remitieran lo solicitado, (ii) informar a Media Defence que fue
aceptaba su solicitud de intervenir en calidad de amicus curiae y, (iii) mantener la suspen‐
sión de términos decretada con el Auto de 22 de febrero de 2022. El 19 de mayo de 2022 la
Secretaría General informó al despacho sustanciador sobre el cumplimiento de esas provi‐
[60]
dencias.
La información recibida fue puesta a disposición de las partes e intervinientes el
[61]
23 de mayo de 2022,
de conformidad con el artículo 64 del Reglamento interno. Con
Auto de 21 de junio de 2022 fue actualizada la contabilización de los términos procesales
para fallar.
57.
a. Escritos remitidos por las partes a la Sala de Revisión
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/T-452-22.htm
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