internacional, y de amplios recursos económicos para sufragar los gastos de los diferentes procesos
judiciales que interpuso contra las demandadas.
La Corte también señaló que Guerra recurrió a diferentes escenarios judiciales y extrajudiciales para exigir
una indemnización por daños y perjuicios que un medio de comunicación naciente no podría afrontar.
Específicamente, Guerra solicitó la retractación o eliminación del artículo; durante el proceso penal pidió
daños por $150.000.000 de pesos colombianos y en una acción civil solicitó $875.000 dólares
estadounidenses. Además, la Corte observó un patrón de abuso en la solicitud de Guerra de que las acusadas
se abstuvieran de nombrar al director en relación con los hechos delictivos. La Corte consideró que se
trataba de una forma de censura previa, prohibida por la ley.
En última instancia, la Corte Constitucional consideró que Guerra había iniciado varios procedimientos
formulando pretensiones dinerarias desproporcionadas y exigiendo actos de censura.
Por todo ello, la Corte consideró que Ruiz-Navarro y Londoño no vulneraron los derechos al honor, al buen
nombre y a la presunción de inocencia de Ciro Guerra, y revocó la decisión de segunda instancia,
denegando así la acción presentada por el demandante. La Corte también ordenó enviar copia de su decisión
al Juzgado 47 Civil del Circuito de Bogotá y a la Fiscalía 292 Local —encargados de los procesos civil y
penal, respectivamente, iniciados por Guerra contra Ruiz-Navarro y Londoño— para que conozcan los
lineamientos que la Corte fijó en relación con el acoso judicial y el ejercicio abusivo del derecho al acceso a
la justicia, y la necesidad de resolver los casos de discriminación contra la mujer con perspectiva de género.
Impacto de la decisión
Expande el alcance del derecho a la Expresión
En esta decisión emblemática, la Corte Constitucional de Colombia protegió ampliamente la libertad de
expresión en varios frentes. La Corte destacó las protecciones especiales otorgadas al periodismo feminista,
la información sobre violencia de género y el escrache, como cuestiones sociales apremiantes de interés
público. Además, la Corte amplió el alcance de la libertad de expresión al proteger el periodismo
investigativo frente a la censura, concretamente en lo que se refiere a acusaciones de violencia sexual y las
opiniones sobre el tema. Asimismo, la Corte estableció criterios relevantes para comprender el acoso judicial
en el contexto colombiano contra la prensa y la expresión sobre asuntos de interés público. La Corte explicó
además su impacto negativo sobre la expresión y sostuvo que varios elementos de acoso judicial estaban
presentes en este caso.