Artículo 26º: El presente Reglamento comenzará a regir una vez transcurridos
sesenta días contados desde la fecha de su publicación.
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE,
Presidente de la República.- Carolina Schmidt Zaldívar, Ministra de Educación.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Fernando
Rojas Ochagavía, Subsecretario de Educación.
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 04-Nov-2013
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents