"Red de Telecomunicaciones" o "Red". Conjunto de canales de transmisión, circuitos y, en su caso, dispositivos o centrales de conmutación que proporcionan conexiones entre dos o más puntos definidos para facilitar la telecomunicación entre ellos, ya sea por línea física o radiocomunicación. "Red Telefónica Pública". Es la red de telecomunicaciones consistente en un sistema totalmente interconectado e integrado de varios medios de transmisión y conmutación, utilizada para prestar el servicio básico telefónico y otros servicios de interés al público en general. "Operador". Es una persona natural o jurídica debidamente autorizada por el ente regulador para brindar un servicio de telecomunicaciones. "Radiodifusión". Significa la transmisión unidireccional al público en general de señales, datos, vídeo y sonido por radiocomunicación. "Televisión por Suscripción". Es la transmisión unidireccional al público interesado sobre una base de suscripción, de señales, datos, vídeo y sonido, por medio de radiocomunicación o líneas físicas. "Servicio Nacional". Es un servicio de telecomunicaciones prestado dentro del territorio nicaragüense. "Servicio Internacional". Es un servicio de telecomunicaciones prestado entre Nicaragua y otro país. "Conmutación". Proceso consistente en la interconexión de canales o circuitos con o sin almacenamiento intermedio por el tiempo necesario para transportar señales. "Canal de Transmisión". Medio de transmisión unidireccional de señales entre dos puntos. "Circuito". Combinación de dos canales de transmisión que permite la transmisión bidireccional de señales entre dos puntos, para sustentar la comunicación. "Equipo Terminal". Todo equipo o aparato que envía y recibe señales sobre una red de telecomunicaciones a través de puntos de interconexión definidos y de acuerdo a las especificaciones establecidas. "Estación Terrena". Estación fija o móvil, localizada en tierra, con el fin de establecer un enlace de comunicación por satélite. "Satélite". Estación espacial destinada a transmitir o retransmitir señales de radiocomunicación y a realizar enlaces con estaciones terrenas. "Interconexión". Asociación de canales, de circuitos, equipos de conmutación y otras unidades funcionales establecidas para hacer posible la transferencia de información entre dos o más puntos de una red de telecomunicaciones. "Interferencia Perjudicial". Perturbación en las señales utilizadas por un usuario u operador, debidamente autorizado por el ente regulador; por la presencia de señales indeseadas, de corrientes o tensiones parásitas, originadas por aparatos eléctricos, que comprometen, degradan, interrumpen repetidamente o impiden el funcionamiento de un servicio de radiocomunicación.

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