CIV 50016/2016/CS1
CIV 50016/2016/1/RH1
Denegri, Natalia Ruth c/ Google
derechos
personalísimos:
relacionadas.
Inc. s/
Acciones
Corte Suprema de Justicia de la Nación
públicas y sobre una materia de interés público con sustento en
un “derecho al olvido” de impreciso alcance y sin norma alguna
que lo contemple.
Expresa que la cámara, sin fundamento legal alguno, ha
reconocido un supuesto derecho a bloquear el acceso a contenidos
totalmente
lícitos
solo
porque
el
transcurso
del
tiempo
denotaría la pérdida de interés en su acceso —incluso en contra
de lo que surge en este caso— o porque puede llegar a generar
cierta incomodidad en la persona involucrada. Según su posición,
el
mayor
o
el
menor
grado
de
calidad
artística,
interés
informativo o aporte a la cultura de tales contenidos es el
resultado
de
una
apreciación
subjetiva
irrelevante
para
justificar la supresión o bloqueo pretendido, en tanto no exista
contradicción con una norma ni vulneración de derecho alguno.
Alega que la libertad de expresión no se limita al contenido de
“buen gusto” y protege muy especialmente aquel que promueve el
disenso o cuya valoración no resulta uniforme.
En ese contexto, enfatiza que no existe en el caso una
real
afectación
justifique
un
impedimento
al
derecho
sacrificio
de
acceso
a
al
del
la
honor
o
interés
información
a
la
privacidad
general
pública
mediante
que
el
involucrada.
Sostiene que se trata solo de ceder al deseo de una figura
pública
para
“moldear”
su
pasado
privando
a
la
sociedad
de
buscar y acceder a contenidos lícitos y verdaderos en internet
en los que la actora ha participado voluntariamente. Señala, con
apoyo
en
el
precedente
de
- 7 -
la
Corte
Suprema
“Paquez,
José”
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