La Constitución de Honduras - Español
ARTICULO 351.- El sistema tributario se regirA por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y
equidad de acuerdo con la capacidad economica del contribuyente.
CAPITULO IV
DE LA HACIENDA PUBLICA
ARTICULO 352.- Forman la Hacienda Publica:
1. Todos los bienes muebles e inmuebles del Estado;
2. Todos sus creditos activos; y,
3. Sus disponibilidades liquidas.
ARTICULO 353.- Son obligaciones financieras del Estado:
1. Las deudas legalmente contraidas para gastos corrientes o de inversion, originadas en la ejecucion del
Presupuesto General de Ingresos y Egresos; y,
2. Las demAs deudas legalmente reconocidas por el Estado.
ARTICULO 354.- Los bienes fiscales o patrimoniales solamente podrAn ser adjudicados o enajenados a las
personas y en la forma y condiciones que determinen las leyes.
El Estado se reserva la potestad de establecer o modificar la demarcacion de las zonas de control y proteccion de
los recursos naturales en el territorio nacional.
ARTICULO 355.- La administracion de los fondos publicos corresponde al Poder Ejecutivo.
Para la percepcion custodia y erogacion de dichos fondos, habrA un servicio general de tesoreria.
El Poder Ejecutivo, sin embargo, podrA delegar en el Banco Central, las funciones de recaudador y depositario.
Tambien la ley podrA establecer servicios de pagadurias especiales.
ARTICULO 356.- El Estado solamente garantiza el pago de la deuda publica, que contraigan los gobiernos
constitucionales, de acuerdo con esta Constitucion y las leyes.
Cualquier norma o acto que contravenga lo dispuesto en este articulo, harA incurrir a los infractores en
responsabilidad civil, penal y administrativa, que serA imprescriptible.
ARTICULO 357.- Las autorizaciones de endeudamiento externo e interno del gobierno central, organismos
descentralizados y gobiernos municipales, que incluyan garantias y avales del Estado, serAn reguladas por la ley.
ARTICULO 358.- Los gobiernos locales podrAn realizar operaciones de credito interno bajo su exclusiva
responsabilidad, pero requerirAn las autorizaciones senaladas por leyes especiales.
ARTICULO 359.- La tributacion, el gasto y el endeudamiento publicos, deben guardar proporcion con el producto
interno bruto, de acuerdo con la ley.
ARTICULO 360.- Los contratos que el Estado celebre para la ejecucion de obras publicas, adquisicion de
suministros y servicios, de compra-venta o arrendamiento de bienes, deberAn ejecutarse previa licitacion, concurso
o subasta, de conformidad con la ley.
http://www.honduras.com/honduras-constitution.html[10/13/2011 5:28:51 PM]
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