La Constitución de Honduras - Español
CAPITULO III
DE LOS CIUDADANOS
ARTICULO 36.- Son ciudadanos todos los hondurenos mayores de dieciocho anos.
ARTICULO 37.- Son derechos del ciudadano:
1. Elegir y ser electo;
2. Optar a cargos publicos;
3. Asociarse para constituir partidos politicos; ingresar o renunciar a ellos; y,
4. Los demas que le reconocen esta Constitucion y las Leyes.
Los ciudadanos de alta en las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado no podran ejercer el sufragio,
pero si seran elegibles en los casos no prohibidos por la Ley.
ARTICULO 38.- Todo hondureno esta obligado a defender la Patria, respetar las autoridades y contribuir al
sostenimiento moral y material de la nacion.
ARTICULO 39.- Todo hondureno debera ser inscrito en el Registro Nacional de las Personas.
ARTICULO 40.- Son deberes del ciudadano:
1. Cumplir, defender y velar porque se cumplan la Constitucion y las leyes;
2. Obtener su Tarjeta de Identidad;
3. Ejercer el sufragio;
4. Desempenar, salvo excusa o renuncia con causa justificada, los cargos de eleccion popular;
5. Cumplir con el servicio militar; y,
6. Las demas que establezcan la Constitucion y las leyes.
ARTICULO 41.- La calidad del ciudadano se suspende:
1. Por auto de prision decretado por delito que merezca pena mayor;
2. Por sentencia condenatoria firme, dictada por causa de delito; y,
3. Por interdiccion judicial.
ARTICULO 42.- La calidad de ciudadano se pierde:
1. Por prestar servicios en tiempo de guerra a enemigos de Honduras o de sus aliados;
2. Por prestar ayuda en contra del Estado de Honduras, a un extranjero o a un gobierno extranjero en cualquier
reclamacion diplomatica o ante un tribunal internacional;
3. Por desempenar en el pais, sin licencia del Congreso Nacional, empleo de nacion extranjera, del ramo militar o
de caracter politico;
http://www.honduras.com/honduras-constitution.html[10/13/2011 5:28:51 PM]