en favor de la "expresión", la "dignidad" y la "seguridad"
de otras personas.
8.3 Cumplimiento de las responsabilidades de Meta
con los derechos humanos
El Consejo concluyó que la eliminación de la publicación
de la plataforma es coherente con las responsabilidades
de Meta como empresa con los derechos humanos. Meta
se comprometió a respetar los derechos humanos de
conformidad con los Principios Rectores sobre las
Empresas y los Derechos Humanos de la ONU (UNGP). En
su Política corporativa de derechos humanos, se dispone
que esto incluye el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos (ICCPR).
Libertad de expresión (Artículo 19 del ICCPR)
El alcance del derecho a la libertad de expresión es
amplio. En el párrafo 2 del Artículo 19 del ICCPR, se
concede mayor protección a la libertad de expresión en
cuanto a temas políticos y debates sobre afirmaciones
históricas (observación general n.º 34, párrafos 20 y 49).
El Artículo 19 del ICCPR exige que, si un Estado impone
restricciones sobre la libertad de expresión, estas deben
cumplir los requisitos de legalidad, fin legítimo y
necesidad y proporcionalidad (Artículo 19, párrafo 3, del
ICCPR). El Relator Especial de la ONU sobre la libertad de
expresión animó a las empresas de medios sociales a
basarse en estos principios al moderar la expresión en el