Hechos Raissa Carrillo Villamizar —Coordinadora de Atención y Defensa de Periodistas de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP)— y Pedro Vaca —Director Ejecutivo de la FLIP al momento de interponer la acción de tutela— en representación de las periodistas Victoria Eugenia Dávila, Camila Zuluaga Suárez, Lina María Peña, Lariza Pizano Rojas, Andrea Dávila Claro, María Jimena Duzán, Claudia Guristatti, Máryuri Trujillo y Cecilia Orozco (en adelante, las peticionarias), interpusieron una acción de tutela contra el Consejo Nacional Electoral tras haber sido víctimas de numerosos ataques misóginos y sexistas en la red social Twitter. Las peticionarias argumentaron que la violencia en línea en las redes sociales es una nueva forma de agresión contra las mujeres periodistas basada en su género. Explicaron que habían recibido ataques en línea de carácter misógino y sexualizado en respuesta a su labor periodística. Por ello, consideraron vulnerados sus derechos a la libertad de expresión, a la no discriminación, a la dignidad humana y a la integridad física. A modo ilustrativo, las peticionarias detallaron que en varias ocasiones, tras publicar investigaciones periodísticas de interés público contra políticos colombianos, recibieron los siguientes insultos en la red social Twitter: “chismosa envidiosa”, “bruja guerrillera”, “vieja flacuchenta”, “gordita”, “perra sinvergüenza izquierdosa miserable y corrupta, periodística de pacotilla”, “la verdad colombianos hagan patria esta sra @MJDuzan deber ser violada, escupida, picada con motosierra y colgada en plaza Bolivar, hagan honor al nombre de paramilitares” (sic), “psicopatía loca”, “asco de mujer, asco de mamá”, “sicaria”, “guerrillera disfrazada de periodista”, entre muchos otros comentarios agresivos y misóginos proferidos o instigados, en muchos casos, por militantes políticos. Las peticionarias agregaron que estos comentarios “comportan un tono discriminatorio, infantilizan el oficio de las mujeres periodistas y en algunos casos incluyen a miembros de sus familias, teniendo en cuenta su rol de madres” [párr. 4]. Adicionalmente, las peticionarias alegaron que el Consejo Nacional Electoral, los partidos políticos y los movimientos sociales, no tomaron ninguna medida para hacer cesar la violencia, ni sancionaron a los responsables de los insultos misóginos. Además, las peticionarias explicaron que existía un patrón de violencia de género en entornos digitales contra mujeres periodistas que “beneficia a determinados grupos o actores políticos a través de estrategias de desinformación, amplificación e intimidación” [párr. 2]. A su vez, remarcaron que estas agresiones en línea constituían amenazas que ponían en peligro su libertad de expresión, integridad física y salud, y que en última instancia conducían a la autocensura de las mujeres periodistas. Finalmente, las peticionarias solicitaron una declaración de la Rama Judicial explicando que el Consejo Nacional Electoral no cuenta con un mecanismo para procesar las denuncias de violencia de género digital. También solicitaron la creación de un mecanismo para procesar dichas denuncias. Además, solicitaron que el Consejo Nacional Electoral emita una declaración pública sobre el deber de los partidos políticos y movimientos sociales de respetar la libertad de prensa y la importancia de las mujeres periodistas. Finalmente, las peticionarias solicitaron a la Justicia que reconozca que en Colombia existe un patrón de agresión digital contra las mujeres periodistas.

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