decisión mencionando los nombres de las partes (excepto si
son menores de edad, en cuyo caso se aplican diferentes
normas de protección). Pero con el transcurso del tiempo,
cuando ya no se trata de una cuestión de actualidad o
noticiable, y siempre y cuando ya no exista una razón que
justifique una nueva divulgación de la información como
noticia,
el
derecho
al
olvido
anula
el
derecho
a
la
información. Aún se puede mencionar el caso, pero no se
deben
incluir
los
nombres
de
las
partes
o
los
datos
identificados. Por lo tanto, el valor informativo de un
caso inclina la balanza a favor del derecho a difundir a
costa del derecho al olvido. Y en cuanto deja de tener
valor
como
noticia,
la
balanza
se
inclina
en
la
otra
dirección.
Se pueden admitir dos excepciones. Esto significa que
el derecho a la información anulará el derecho al olvido a
pesar del tiempo transcurrido:
•
para
los
hechos
relacionados
con
la
historia
o
cuando se trate de un tema de interés histórico y
•
para
los
hechos
vinculados
al
ejercicio
de
la
actividad pública por parte de una figura pública.
El interés histórico y el interés público también se
deben tener en cuenta para resolver el conflicto entre el
derecho
al
olvido
y
el
derecho
a
la
información”.
(Terwangne, Cécile: “Privacidad en Internet y el derecho a
ser olvidado/derecho al olvido”, en Revista de los Estudios