tiene
una
esfera
de
acción
propia
que
puede
llegar
a
superponerse durante un tiempo, en el que es necesaria y
útil la información pública frente al derecho personal que
pueda invocarse, pero que decae con la extensión de dicho
transcurso de tiempo; y en cambio deviene en atrabiliaria e
inútil tanto para el derecho del individuo afectado para
reintegrarse
última
de
a
plenitud
conseguir
a
la
la
sociedad,
pacificación
como
que
para
le
esta
interesa
primordialmente y que una noticia caduca no facilita.
En
el
mismo
sentido
precedentemente
anotado,
es
importante observar que, de la misma manera que el derecho
a
ser
olvidado
no
es
una
novedad,
tampoco
lo
es
el
equilibrio de su aplicación con otros derechos e intereses.
De hecho, la jurisprudencia, principalmente extranjera ya
ha desarrollado una serie de criterios importantes, que la
legislación
de
los
países
ha
consagrado,
para
resolver
algunos de estos conflictos. Es el caso del derecho penal,
donde el derecho al olvido se desarrolló por primera vez.
Efectivamente, en caso de conflicto entre el derecho al
olvido
del
pasado
judicial
(a
la
supresión
de
la
información sobre antecedentes penales y condenas pasadas)
y el derecho a la información (acceso a dicha información),
el factor tiempo se ha usado como un criterio decisivo. Si
la información se considera de interés periodístico (debido
a
la
actualidad
información
de
su
prevalece;
ocurrencia),
si
no,
el
el
derecho
derecho
al
a
la
olvido