23; - artículo 24, incisos segundo, tercero, cuarto y quinto; - artículos 25, 26, 27; - artículo 28, inciso cuarto; - artículo 30, incisos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto; - artículo 34, inciso segundo; - artículos 35, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 48; y - artículos 1º y 3º transitorios; El ARTÍCULO TERCERO, que reemplaza el inciso segundo del artículo 16 de la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos; El ARTÍCULO SÉPTIMO, letra b), que sustituye el inciso primero del artículo 66 de la ley Nº 18.840, Orgánica Constitucional del Banco Central; El ARTÍCULO DÉCIMO, sólo en cuanto se refiere a las empresas del Estado y a las sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio; El ARTÍCULO UNDÉCIMO, que deroga el artículo 8º del D.L. Nº 488, de 1925; y El ARTÍCULO TRANSITORIO, que establece la entrada en vigencia de la ley; 2. QUE SON CONSTITUCIONALES LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO: Del ARTÍCULO PRIMERO -que aprueba la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado-, las siguientes normas: - artículo 1º, inciso primero, y numerales 1, 2 y 4 del inciso segundo; - artículo 1º, inciso segundo, numeral 5, que establece que: "Para los efectos de esta ley se entenderá por: 5. Los órganos o servicios de la Administración del Estado: los señalados en el inciso segundo del artículo 1º de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado está contenido en el D.F.L. Nº 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia", teniendo presente, en todo caso, que lo dispuesto en esa norma no se aplica al Banco Central en virtud de lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política; - artículo 2º, incisos primero, segundo y cuarto. Y su inciso tercero sólo en cuanto se refiere a las empresas públicas creadas por ley; - artículos 3º, 4º, 5º, 6º y 7º; - artículo 8º, primera frase hasta el punto seguido: "Cualquier persona podrá presentar un reclamo ante el Consejo si alguno de los organismos de la Administración no informa lo prescrito en el artículo anterior."; - artículos 9º, 10, 11 y 19; - artículo 24, inciso primero; - artículo 28, incisos primero, segundo y tercero; - artículo 29; - artículo 30, inciso sexto; - artículos 31 y 32; - artículo 33, letras a), b), c), d), e), g), h), i), j), k), l) y m); - artículo 33, letra f), que entre las funciones y atribuciones que se le asignan al Consejo para la Transparencia -que es creado por disposición del artículo 31 del mismo cuerpo legal-, considera la de "proponer al Presidente de la República y al Congreso www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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