2. En esa planificación se especifican los objetivos de cada campaña, los destinatarios, el período de ejecución, las acciones de comunicación interna con sus trabajadores para sensibilizarlos con el tema, el plan de medios de comunicación social a emplear y otras acciones externas, los diferentes organismos a implicar y el costo previsible. 3. El plan anual con las campañas nacionales de comunicación de bien público de los organismos de la Administración Central del Estado se aprueba por el Consejo de Ministros. Artículo 62. Los mensajes de bien público se eximen de pago por costo de inserción en los medios fundamentales de comunicación social. Artículo 63. El sistema empresarial y otros actores económicos desarrollan la comunicación de bien público como parte del cumplimiento de sus acciones de responsabilidad social. CAPÍTULO VII DE LA COMUNICACIÓN DE CRISIS Artículo 64. La gestión de la comunicación de crisis tiene como objetivo la prevención, solución o mitigación de situaciones de diversa naturaleza que hacen peligrar el normal funcionamiento de una actividad, organización, sector, territorio o el país, y pueden poner en riesgo sus actuaciones presentes y futuras. Artículo 65.1. Los órganos, organismos y entidades del Estado, las organizaciones de masas y sociales y los medios fundamentales de comunicación social gestionan la comunicación de crisis con veracidad, objetividad y oportunidad, a partir de un plan que se concibe de acuerdo con sus particularidades. 34

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