2. La aprobación e implementación de este plan es responsabilidad del órgano de dirección correspondiente, en coordinación con las autoridades pertinentes. Artículo 66.1. El plan para la gestión de la comunicación de crisis tiene enfoque preventivo y define potenciales riesgos, posibles públicos implicados y la producción de mensajes para ellos, recursos materiales y financieros disponibles, acciones comunicativas y medios, canales y soportes a emplear, formación y entrenamiento, evaluación de impacto y valoración integral posterior a la crisis. 2. La implementación del plan la dirige el máximo directivo de la organización, y en ella participan profesionales de la comunicación social y los responsables de la atención a los asuntos identificados como potenciales riesgos. 3. El plan de comunicación de crisis se estudia, comprueba, ensaya y actualiza periódicamente; para su aseguramiento se define en el presupuesto el costo de implementación. Artículo 67. La gestión de la comunicación social en situaciones excepcionales y de desastre se realiza en correspondencia con la legislación especial establecida. CAPÍTULO VIII DEL DISEÑO DE COMUNICACIÓN VISUAL E INDUSTRIAL Artículo 68. El diseño de comunicación visual e industrial como actividad profesional: a) Actúa en todos los ámbitos de la comunicación social; b) es expresión de la cultura, la historia y los valores de la nación; 35

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