La Constitución de Honduras - Español CAPITULO III DE LOS CIUDADANOS ARTICULO 36.- Son ciudadanos todos los hondurenos mayores de dieciocho anos. ARTICULO 37.- Son derechos del ciudadano: 1. Elegir y ser electo; 2. Optar a cargos publicos; 3. Asociarse para constituir partidos politicos; ingresar o renunciar a ellos; y, 4. Los demas que le reconocen esta Constitucion y las Leyes. Los ciudadanos de alta en las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado no podran ejercer el sufragio, pero si seran elegibles en los casos no prohibidos por la Ley. ARTICULO 38.- Todo hondureno esta obligado a defender la Patria, respetar las autoridades y contribuir al sostenimiento moral y material de la nacion. ARTICULO 39.- Todo hondureno debera ser inscrito en el Registro Nacional de las Personas. ARTICULO 40.- Son deberes del ciudadano: 1. Cumplir, defender y velar porque se cumplan la Constitucion y las leyes; 2. Obtener su Tarjeta de Identidad; 3. Ejercer el sufragio; 4. Desempenar, salvo excusa o renuncia con causa justificada, los cargos de eleccion popular; 5. Cumplir con el servicio militar; y, 6. Las demas que establezcan la Constitucion y las leyes. ARTICULO 41.- La calidad del ciudadano se suspende: 1. Por auto de prision decretado por delito que merezca pena mayor; 2. Por sentencia condenatoria firme, dictada por causa de delito; y, 3. Por interdiccion judicial. ARTICULO 42.- La calidad de ciudadano se pierde: 1. Por prestar servicios en tiempo de guerra a enemigos de Honduras o de sus aliados; 2. Por prestar ayuda en contra del Estado de Honduras, a un extranjero o a un gobierno extranjero en cualquier reclamacion diplomatica o ante un tribunal internacional; 3. Por desempenar en el pais, sin licencia del Congreso Nacional, empleo de nacion extranjera, del ramo militar o de caracter politico; http://www.honduras.com/honduras-constitution.html[10/13/2011 5:28:51 PM]

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