definió que es coherente con las responsabilidades de
Meta respecto de los derechos humanos prohibir
determinadas expresiones discriminatorias, incluso sin la
necesidad de que la expresión en cuestión incite a actos
violentos o discriminatorios. El Consejo señaló que el
Artículo 20, párrafo 2, del ICCPR, según se interpreta en el
Plan de Acción de Rabat, exige que exista un daño
inminente para que se pueda justificar cualquier
restricción a la libertad de expresión. El Consejo no cree
que esta publicación pudiera generar un daño inminente.
Sin embargo, Meta puede, de forma legítima, eliminar de
Facebook las publicaciones que fomenten la violencia de
un modo menos inmediato. Esto está justificado, ya que
las responsabilidades de Meta como empresa con los
derechos humanos son diferentes de las obligaciones de
los Estados respecto de los derechos humanos. Meta
puede aplicar normas menos estrictas a la hora de
eliminar contenido de su plataforma, en comparación con
aquellas que son válidas para los Estados que imponen
sanciones penales o civiles.
En este caso, la representación de los serbios como ratas
y la incitación a su exclusión, junto con las referencias a
actos históricos de violencia, afectan los derechos a la
igualdad y a la no discriminación de aquellos a quienes se
hizo alusión. Esto justifica la eliminación de la publicación.
Muchos miembros del Consejo también creyeron que el
contenido perjudicó la libertad de expresión de otras
personas que usan la plataforma, ya que contribuyó a la