definió que es coherente con las responsabilidades de Meta respecto de los derechos humanos prohibir determinadas expresiones discriminatorias, incluso sin la necesidad de que la expresión en cuestión incite a actos violentos o discriminatorios. El Consejo señaló que el Artículo 20, párrafo 2, del ICCPR, según se interpreta en el Plan de Acción de Rabat, exige que exista un daño inminente para que se pueda justificar cualquier restricción a la libertad de expresión. El Consejo no cree que esta publicación pudiera generar un daño inminente. Sin embargo, Meta puede, de forma legítima, eliminar de Facebook las publicaciones que fomenten la violencia de un modo menos inmediato. Esto está justificado, ya que las responsabilidades de Meta como empresa con los derechos humanos son diferentes de las obligaciones de los Estados respecto de los derechos humanos. Meta puede aplicar normas menos estrictas a la hora de eliminar contenido de su plataforma, en comparación con aquellas que son válidas para los Estados que imponen sanciones penales o civiles. En este caso, la representación de los serbios como ratas y la incitación a su exclusión, junto con las referencias a actos históricos de violencia, afectan los derechos a la igualdad y a la no discriminación de aquellos a quienes se hizo alusión. Esto justifica la eliminación de la publicación. Muchos miembros del Consejo también creyeron que el contenido perjudicó la libertad de expresión de otras personas que usan la plataforma, ya que contribuyó a la

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