previamente interpretadas, porque ello repercutiría negativamente en “los esfuerzos y la capacidad del
tribunal para despejar su carga de trabajo”.
El juez Kenneth Kakuru estuvo de acuerdo en que la petición debía ser desestimada, dado que la petición
debía plantear una cuestión sobre interpretación constitucional, aunque criticó que el Tribunal no formuló
una pregunta correcta y no buscó una respuesta a si los derechos de los demandantes habían sido
restringidos más allá de las limitaciones justificables en una sociedad democrática, lo que podría haber sido
considerado por el Tribunal en este caso.
Señaló que en la era digital, está bastante claro que cualquier apagón de internet tendría consecuencias
adversas para todos, incluso si el cierre durara solo un día. El juez Kakuru también dijo que la petición se
basaba únicamente en el punto de vista subjetivo de los demandantes, mientras que debería haberse basado
en una prueba objetiva, tal y como establece el artículo 43 (2) (c) de la Constitución, elaborando, por
ejemplo, “un estudio comparativo en el que se detallen las circunstancias en las que se puede restringir el
acceso a internet en sociedades libres y democráticas”.
Por último, el juez Kakuru opinó que un número creciente de peticiones presentadas ante el Tribunal por
parte de ONGs y particulares están mal concebidas y tienen un contenido poco profundo. Y, por tanto, el
Tribunal debería “proceder a desestimar sumariamente las peticiones infundadas y sólo proceder a conocer y
resolver las que lo merezcan”.
El juez Richard Buteera estuvo de acuerdo en que la petición no debía prosperar por las razones expuestas
en la decisión, sin ofrecer más detalles ni comentarios.
Impacto de la decisión
Resultado mixto
Aunque el Tribunal no entró en materia, reconoció, al menos implícitamente, que el acceso a internet está
protegido por el derecho a la libertad de expresión garantizado por la Constitución ugandesa. También dio
un paso positivo al hacer referencia a la jurisprudencia comparada— por ejemplo al mencionar al Tribunal
Supremo indio en el caso Bhasin v. Unión de la India— y respaldar los parámetros adoptados en esa
decisión, que amplía la libertad de expresión y el acceso a internet, prohíbe los apagones indefinidos de
internet y somete la suspensión temporal del internet al requisito de proporcionalidad y al escrutinio judicial.
No obstante, dicho respaldo a esta decisión demuestra que el Tribunal considera permisible la suspensión
temporal del internet, lo que significa que un apagón total de este servicio podría considerarse una
restricción razonable siempre que no sea indefinido.