Opiniones concurrentes y disidentes
El juez Jean Pierre Matus emitió un voto disidente. Según Matus, la Constitución chilena establece un
recurso específico cuando el ejercicio de la libertad de expresión puede ofender o afectar la honra de una
persona. Este remedio, señaló Matus, es el derecho a la rectificación. Para este juez, los tribunales no deben
proteger el honor de las personas interfiriendo en la libertad de expresión a través de la censura directa o
indirecta de publicaciones pasadas o futuras. El juez señaló que la peticionaria podía ejercer su derecho a
pedirle al demandado que rectificara el vídeo si consideraba que era difamatorio para ella y su familia.
Por estas razones, el juez Matus consideró que la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago debió ser
revocada y la demanda de inconstitucionalidad presentada por la peticionaria desestimada.
Impacto de la decisión
Resultado mixto
Si bien la Corte Suprema chilena no explicó en detalle cuál era el mensaje difundido en el video impugnado,
es posible interpretar que el mismo contenía un mensaje insultante para las víctimas de crímenes de lesa
humanidad cometidos por la última dictadura chilena y que cuestionaba la existencia de tales violaciones a
los derechos humanos que habían sido constatadas judicialmente. En este contexto, la sentencia interpuso
una restricción a la libertad de expresión en una de sus versiones más extremas, esto es, la retirada de
contenidos. En cualquier caso, la Corte ponderó el derecho al honor y la libertad de expresión y expuso
razones de peso para justificar la restricción a este último derecho en este caso, a saber, impedir la difusión
de mensajes que pongan en duda la existencia de violaciones a los derechos humanos judicialmente
establecidas o que insulten la memoria de las víctimas de crímenes de lesa humanidad.