c) incumpla los objetivos, el perfil editorial y otros elementos contenidos en el expediente aprobado; d) expira el período de vigencia de la inscripción; e) se verifica en su gestión la utilización de fuentes ilícitas de financiamiento; f) se determina por un proceso judicial; g) infrinja otros requerimientos estipulados en la disposición normativa reglamentaria de la presente Ley o por el Instituto de Información y Comunicación Social; o h) lo solicita su titular. 2. En los casos de violación de lo establecido en cuanto a la inscripción y posterior gestión de las publicaciones seriadas y los sitios web, la autoridad facultada adopta con los responsables las medidas administrativas que correspondan, y de ser necesario, promueve los procesos judiciales pertinentes. Sección Tercera Del control e inspección Artículo 105. Para la evaluación del cumplimiento de las regulaciones aprobadas, el Instituto de Información y Comunicación Social realiza acciones de control a los órganos, organismos y entidades del Estado y demás actores económicos y sociales. 51

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