Bolivia: Decreto Supremo Nº 3434, 13 de diciembre de 2017 c) Coordinar conjuntamente con la Secretaria Técnica, las instancias del CONALTID y otras entidades públicas, la implementación de planes, programas y proyectos en materia de lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, con financiamiento de la cooperación internacional; d) Coordinar con Estados y organismos internacionales en el marco del principio de responsabilidad compartida, financiamiento para la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, en el marco del ordenamiento jurídico; e) Gestionar, administrar y asignar los recursos de la cooperación internacional bilateral y/o multilateral que permita la ejecución de las políticas públicas en materia de lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, en el marco de la Estrategia de Lucha Contra el Tráfico ilícito de Sustancias Controladas; f) Asignar recursos de la cooperación internacional a las instituciones involucradas en la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, en el marco de la Estrategia de Lucha Contra el Tráfico ilícito de Sustancias Controladas y las políticas públicas; g) Realizar el seguimiento al cumplimiento de las decisiones adoptadas y resoluciones del CONALTID; h) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias, por instrucciones del Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, del Ministro de Gobierno, que ejerce la presidencia en ausencia del Presidente o, a solicitud de otros Ministros que forman parte del CONALTID; i) Elaborar los proyectos de resolución del CONALTID para su consideración y aprobación; j) Ejecutar otras tareas encomendadas por el CONALTID, en el marco del ordenamiento jurídico vigente. II. Las funciones del Coordinador General serán determinadas mediante Resolución Ministerial. Artículo 107°.- (Funciones de la Secretaría Técnica) Las funciones de la Secretaría Técnica son las siguientes: a) Estructurar las propuestas de planificación, organización, ejecución, y evaluación de la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, presentadas por los miembros del CONALTID; b) Aplicar las políticas públicas en materia de tráfico ilícito de sustancias controladas, en el marco del ordenamiento jurídico vigente; c) Dirigir técnicamente los planes, programas y proyectos de control y fiscalización de tráfico ilícito de sustancias controladas; d) Proponer, coordinar, implementar y evaluar los acuerdos y/o compromisos bilaterales, regionales y multilaterales; e) Elevar anualmente al CONALTID, informes en cuanto a la implementación de políticas públicas, planes, programas, proyectos y actividades o cuando así lo requiera esta instancia; BO-DS-N3434 37

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