Pág. 28 GACETA OFICIAL Nº 113 Sección Registro Oficial - Asunción, 11 de junio de 2024 ., 'Sesquicentenario de la Epopeya Nacional: 1864- 1870" Pág. N" 10/64 PODER LEGISLATIVO LEY N°7280 Artículo 28.- El Suboficial que haya sido enviado al exterior en misión de estudio, está obligado a servir en la institución el doble del tiempo de duración de la misión o beca. Los mismos estarán, a tiempo parcial, disponibles para la trasmisión de los conocimientos adquiridos en las becas, mediante la presentación de proyectos educativos, adaptados a la realidad nacional a través de charlas, conferencias, talleres o cursos dictados por medio del Centro de Capacitaciones de la Dirección de Postgrado de l Instituto Superior de Educación Policial (ISEPOL). Articulo 29.- El Subofecial que haya sido becado en Instituciones nacionales de formación técnica, está obligado a servir por un tiempo equivalente al doble de dicha beca. La disponibilidad para la trasmisión de conocimientos se realizará de acuerdo con el articulo anterior. Articulo 30.- Los Oficiales y Suboficiales que no cumplieren con las obligaciones establecidas en este capitulo, reembolsarán al Estado los gastos ocasionados en su formación y estudio. CAPITULO IV DEL PERSONAL POLICIAL SECCIÓN ÚNICA DE LA ESTRUCTURA DE LA POLICÍA NACIONAL Artículo 31.- La estructura de la Policfa Nacional s~ organizará en torno a los siguientes componentes: 1. Plantilla: es el número de efectivos de cada jerarqula o grado de la Policía Nacional, para cubrir los cargos legales y reglamentarios, elaborada por el Comandante de la Policía Nacional y aprobada por el Poder Ejecutivo de acuerdo con la necesidad institucional, la polltlca de seguridad del país y al volumen de recursos presupuestarios asignados para cubrir sus salarios, adicionales, complementarios y prestaciones sociales. 2. Escalafón : es el ordenamiento del personal pol icial de acuerdo con su categoría, jerarquía, grado y antigüedad, definida esta última por el número de at'los de servicio activo y el orden de precedencia que obtuvo en el ascenso al grado que ocupa. 3. Categoría, jerarquía y grado: a) La Categoría: es la clasificación jerárquica del personal policial en la institución. b) La Jerarqula: es el orden escalafonado del rango en la estructura de la organización del personal policial, que se establece en criterio de la subordinación. e) El Grado: es el nivel o posición que ocupa el personal policial dentro de la organización jerárquica. 4. Catálogo de cargos: es el listado de cargos institucionales que debe contener: a) Los requisitos del efectivo policial que debe ocuparlo. b) El tiempo máximo que dicho cargo puede estar ocupado por efectivo en caso de que sea necesario. 1 ,....T ¡ . - T E I procedimiento para su design~~ ------~~~ ~- ~_/ ~ ~_!' ....---·

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