GACETA OFICIAL Nº 113 Pág. 33 Sección Registro Oficial - Asunción, 11 de junio de 2024 "Sesquicentenario de la Epopeya Nacional: 1884 - 1870" Pág. Na 15/64 PODER LEGISLATIVO LEY N°7280 Artículo 48.- Podrán reincorporarse los Oficiales y Suboficiales que hayan renunciado voluntañamente o quienes hayan obtenido una resolución favorable , firme y ejecutoriada emanada del Tribunal de Cuentas en lo Contencioso Administrativo, previo dictamen de la Junta de Personal y Tribunal de Calificaciones de Servicio. En el primer caso los que se reincorporen antes de 1 (un) año, no perderán su grado y antigüedad. TÍTULO 111 DE LA CATEGOR[A, JERARQUfA, GRADOS Y ANTIGÜEDAD DEL PERSONAL DE LA . POLICIA NACIONAL CAPÍTULO 1 DE LA CATEGORÍA Articulo 49.- El personal policial se califica en las siguientes categorias: 1. Oficiales . 2. Cadetes. 3. Suboficiales. 4. Aspirantes a Suboficiales. 5. Personal Civil. CAPÍTULO 11 DE LA JERARQUIA Artículo 50.- La clasificación jerárquica de OfiCiales comprende: 1. Oficiales Superiores. 2. Oficiales Jefes. 3. Oficiales Subalternos. Artículo 51 .- Los Comisarios Generales de la Policfa Nacional conforman el Cuadro de Oficiales Superiores de la institución . CAPÍTULO 111 DEL GRADO Articulo 52.- Los grados de Oficiales de la Policía Nacional comprenden: 1. Oficiales Superiores: a• Comisario General Comandante. b) Comisario General Director. e) Comisario General Inspector. 2. Oficiales Jefes: a) Comisario Principal. b) Comisario. ~·,..· e) Subcomis ario. Oficiales Subalternos: a) Oficial Inspector. 1

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