La Constitución de Honduras - Español
* Modificado por Decreto 412/2002 y ratificado por Decreto 154/2003.
ARTICULO 56.- El Censo Nacional Electoral es publico, permanente e inalterable. La inscripcion de los
ciudadanos, asi como las modificaciones ocurridas por muerte, cambio de vecindario, suspension, perdida o
restablecimiento de la ciudadania, se verificara en los plazos y con las modalidades que determine la Ley.
ARTICULO 57.- La accion penal por los delitos electorales establecidos por la Ley es publica y prescribe en
cuatro anos.
ARTICULO 58.- La justicia ordinaria, sin distincion de fueros, conocerA de los delitos y faltas electorales.
TITULO III: DE LAS DECLARACIONES, DERECHOS Y GARANTIAS
CAPITULO I
DE LAS DECLARACIONES
ARTICULO 59.- La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligacion de
respetarla y protegerla. La dignidad del ser humano es inviolable. Para garantizar los derechos y libertades
reconocidos en esta Constitucion, crease la Institucion del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. La
organizacion, prerrogativa y atribuciones del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos serA objeto de una
ley especial.
* Modificado por Decreto 191/1994 y ratificado por Decreto 2/1995.
ARTICULO 60.- Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas.
Todos los hondurenos son iguales ante la Ley.
Se declara punible toda discriminacion por motivo de sexo, raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad
humana.
La Ley establecerA los delitos y sanciones para el infractor de este precepto.
ARTICULO 61.- La Constitucion garantiza a los hondurenos y extranjeros residentes en el pais, el derecho a la
inviolabilidad de la vida, a la seguridad individual, a la libertad, a la igualdad ante la ley y a la propiedad.
ARTICULO 62.- Los derechos de cada hombre estAn limitados por los derechos de los demAs, por la seguridad
de todos y por las justas exigencias del bienestar general y del desenvolvimiento democrAtico.
ARTICULO 63.- Las declaraciones, derechos y garantias que enumera esta Constitucion, no serAn entendidos
como negacion de otras declaraciones, derechos y garantias no especificadas, que nacen de la soberania, de la
forma republicana, democrAtica y representativa de gobierno y de la dignidad del hombre.
ARTICULO 64.- No se aplicarAn leyes y disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden, que regulen el
ejercicio de las declaraciones, derechos y garantias establecidos en esta Constitucion, si los disminuyen, restringen
o tergiversan.
CAPITULO II
DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES
http://www.honduras.com/honduras-constitution.html[10/13/2011 5:28:51 PM]