La Constitución de Honduras - Español * Modificado por Decreto 412/2002 y ratificado por Decreto 154/2003. ARTICULO 56.- El Censo Nacional Electoral es publico, permanente e inalterable. La inscripcion de los ciudadanos, asi como las modificaciones ocurridas por muerte, cambio de vecindario, suspension, perdida o restablecimiento de la ciudadania, se verificara en los plazos y con las modalidades que determine la Ley. ARTICULO 57.- La accion penal por los delitos electorales establecidos por la Ley es publica y prescribe en cuatro anos. ARTICULO 58.- La justicia ordinaria, sin distincion de fueros, conocerA de los delitos y faltas electorales. TITULO III: DE LAS DECLARACIONES, DERECHOS Y GARANTIAS CAPITULO I DE LAS DECLARACIONES ARTICULO 59.- La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligacion de respetarla y protegerla. La dignidad del ser humano es inviolable. Para garantizar los derechos y libertades reconocidos en esta Constitucion, crease la Institucion del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. La organizacion, prerrogativa y atribuciones del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos serA objeto de una ley especial. * Modificado por Decreto 191/1994 y ratificado por Decreto 2/1995. ARTICULO 60.- Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas. Todos los hondurenos son iguales ante la Ley. Se declara punible toda discriminacion por motivo de sexo, raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad humana. La Ley establecerA los delitos y sanciones para el infractor de este precepto. ARTICULO 61.- La Constitucion garantiza a los hondurenos y extranjeros residentes en el pais, el derecho a la inviolabilidad de la vida, a la seguridad individual, a la libertad, a la igualdad ante la ley y a la propiedad. ARTICULO 62.- Los derechos de cada hombre estAn limitados por los derechos de los demAs, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bienestar general y del desenvolvimiento democrAtico. ARTICULO 63.- Las declaraciones, derechos y garantias que enumera esta Constitucion, no serAn entendidos como negacion de otras declaraciones, derechos y garantias no especificadas, que nacen de la soberania, de la forma republicana, democrAtica y representativa de gobierno y de la dignidad del hombre. ARTICULO 64.- No se aplicarAn leyes y disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden, que regulen el ejercicio de las declaraciones, derechos y garantias establecidos en esta Constitucion, si los disminuyen, restringen o tergiversan. CAPITULO II DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES http://www.honduras.com/honduras-constitution.html[10/13/2011 5:28:51 PM]

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