noviembre del 2001.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y CONCEPTUALES
SECCIÓN I
OBJETO, ÁMBITO Y PRINCIPIOS
Artículo l.- Objeto de la Ley. La presente ley tiene por objeto la protección integral de los
sistemas que utilicen tecnologías de información y comunicación y su contenido, así como
la prevención y sanción de los delitos cometidos contra éstos o cualquiera de sus
componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías en perjuicio de
personas física o morales, en los términos previstos en esta ley. La integridad de los
sistemas de información y sus componentes, la información o los datos, que se almacenan o
transmiten a través de éstos, las transacciones y acuerdos comerciales o de cualquiera otra
índole que se llevan a cabo por su medio y la confidencialidad de éstos, son todos bienes
jurídicos protegidos.
Artículo 2.- Ámbito de Aplicación. Esta ley se aplicará en todo el territorio de la
República Dominicana, a toda persona física o moral, nacional o extranjera, que cometa un
hecho sancionado por sus disposiciones, en cualquiera de las siguientes circunstancias:
a)
Cuando el sujeto activo origina u ordena la acción delictiva dentro del
territorio nacional;
b)
Cuando el sujeto activo origina u ordena la acción delictiva desde el
extranjero, produciendo efectos en el territorio dominicano;
c)
Cuando el origen o los efectos de la acción se produzcan en el extranjero,
utilizando medios que se encuentran en el territorio nacional; y finalmente,
d)
Cuando se caracterice cualquier tipo de complicidad desde el territorio
dominicano.
Párrafo.- Aplicación General. La presente ley es de aplicación general a todas las
personas físicas o morales, públicas o privadas, nacionales o internacionales.
Artículo 3.- Principios Generales. La presente ley tendrá como principios:
a)
Principio de Territorialidad. Esta ley penal se aplicará a las infracciones
cometidas en el territorio de la República Dominicana. Sinembargo, la
infracción se reputará cometida en el territorio nacional desde que alguno de