Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
Poder Judicial de la Nación
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 2
8671/2016
VANNUCCI, MARIA VICTORIA c/ TWITTER INC s/ACCION
PREVENTIVA DE DAÑOS
Buenos Aires,
de diciembre de 2016. JMG
Proveyendo las cuestiones pendientes del escrito
de inicio:
Téngase a la doctora Ana M. Rosenfeld por
presentada,
por
parte
en
mérito
a
copia
del
poder
acompañado.
Tiénese por constituído el domicilio legal y electrónico
denunciado.
De la exención del pago de la tasa de justicia, vista
al Sr. Representante del Fisco. Sirva la presente de atenta nota
de envío.
Tienese presente la reserva formulada en el punto
XII y las autorizaciones conferidas.
Al escrito presentado a fs. 215/220:
Agréguese y téngase presente.
A la medida cautelar:
Y VISTOS; CONSIDERANDO:
1. Que a fs. 175/211 se presenta la Sra. María
Victoria Vannucci e inicia la presente acción contra TWiTTER
INC.
Relata que desde principio del año 2011 es usuaria
de la demandada, que tomó esa decisión para intercambiar
opiniones, sentimientos y actividades con amigos y seguidores,
siempre en un marco de respeto y amistad.
Fecha de firma: 27/12/2016
Firmado por: HORACIO CECILIO ALFONSO, JUEZ DE 1RA.INSTANCIA
#29242807#170006400#20161228113736182