CIV 50016/2016/CS1 CIV 50016/2016/1/RH1 Denegri, Natalia Ruth c/ Google derechos personalísimos: relacionadas. Inc. s/ Acciones Corte Suprema de Justicia de la Nación públicas y sobre una materia de interés público con sustento en un “derecho al olvido” de impreciso alcance y sin norma alguna que lo contemple. Expresa que la cámara, sin fundamento legal alguno, ha reconocido un supuesto derecho a bloquear el acceso a contenidos totalmente lícitos solo porque el transcurso del tiempo denotaría la pérdida de interés en su acceso —incluso en contra de lo que surge en este caso— o porque puede llegar a generar cierta incomodidad en la persona involucrada. Según su posición, el mayor o el menor grado de calidad artística, interés informativo o aporte a la cultura de tales contenidos es el resultado de una apreciación subjetiva irrelevante para justificar la supresión o bloqueo pretendido, en tanto no exista contradicción con una norma ni vulneración de derecho alguno. Alega que la libertad de expresión no se limita al contenido de “buen gusto” y protege muy especialmente aquel que promueve el disenso o cuya valoración no resulta uniforme. En ese contexto, enfatiza que no existe en el caso una real afectación justifique un impedimento al derecho sacrificio de acceso a al del la honor o interés información a la privacidad general pública mediante que el involucrada. Sostiene que se trata solo de ceder al deseo de una figura pública para “moldear” su pasado privando a la sociedad de buscar y acceder a contenidos lícitos y verdaderos en internet en los que la actora ha participado voluntariamente. Señala, con apoyo en el precedente de - 7 - la Corte Suprema “Paquez, José”

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