AMPARO EN REVISIÓN 136/2021
QUEJOSA Y RECURRENTE: **********
RECURRENTE ADHESIVO: INSTITUTO
FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
Y RADIODIFUSIÓN
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
COTEJÓ
SECRETARIO: DAVID GARCÍA SARUBBI
COLABORÓ: PAOLA GUITÉRREZ BALDERAS
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, en sesión correspondiente al cinco de octubre de dos mil veintidós
emite la siguiente:
SENTENCIA
Mediante la cual se resuelve el amparo en revisión 136/2021, interpuesto por
**********en contra de la sentencia dictada en el juicio de amparo registrado
con el número **********por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México.
El problema jurídico a resolver por esta Primera Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación consiste en evaluar la validez constitucional del artículo
305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual establece que “[l]as personas que presten servicios de telecomunicaciones o de
radiodifusión, sin contar con concesión o autorización, o que por cualquier otro
medio invadan u obstruyan las vías generales de comunicación, perderán en
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