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T-452-22 Corte Constitucional de Colombia
obstaculiza el ejercicio de la función de denuncia (de guardián de la democracia) de la
prensa; y puede convertirse en un obstáculo adicional para que un discurso públicamente
relevante surja al (http://www.histats.com/viewstats/?sid=1206326&ccid=605)
debate democrático y razonado, como asunto que interesa a todas y todos.
ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICA Y LIBERTAD DE PRENSADeber de aplicar perspectiva de género cuando se controvierte información de discrimi‐
nación o violencia contra la mujer
Referencia: Expediente T- 8.407.436
Acción de tutela instaurada por Ciro Alfonso Guerra Pi‐
cón contra Catalina Ruiz-Navarro y Matilde de los Mila‐
gros Londoño.
Magistrada ponente:
DIANA FAJARDO RIVERA
Bogotá, D.C., doce (12) de diciembre de dos mil veintidós (2022)
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por la magistrada Diana
Fajardo Rivera, quien la preside, y los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Alejandro
Linares Cantillo, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la
siguiente:
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/T-452-22.htm
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