CAPITULO VII DE LOS DELITOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL VIOLACION DE DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS Art. 226.- El que a escala comercial reprodujere, plagiare, distribuyere al mayoreo o comunicare públicamente, en todo o en parte, una obra literaria o artística o su transformación o una interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o fuere comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios, será sancionado con prisión de dos a cuatro años. (30) En la misma sanción incurrirá, el que a escala comercial importare, exportare o almacenare ejemplares de dichas obras o producciones o ejecuciones sin la referida autorización. (30) Escala comercial incluye la infracción dolosa significativa de derecho de autor y derechos conexos, con el fin de obtener una ventaja comercial o ganancia económica privada, así como la infracción dolosa que no tenga una motivación directo o indirecta de ganancia económica, siempre que se cause un daño económico mayor a una infracción de poco valor. (30) VIOLACION AGRAVADA DE DERECHOS DE AUTOR Y DE DERECHOS CONEXOS Art. 227.- Será sancionado con prisión de cuatro a seis años, quien realizare cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, concurriendo alguna de las circunstancias siguientes: (30) 1) Usurpando la condición de autor sobre una obra o parte de ella o el nombre de un artista en una interpretación o ejecución; (30) 2) Modificando sustancialmente la integridad de la obra sin autorización del autor; y, (30) 3) Si la cantidad o el valor de la copia ilícita fuere de especial trascendencia económica. (30) VIOLACION A MEDIDAS TECNOLÓGICAS EFECTIVAS (30) Art. 227-A.- Será sancionado con prisión de dos a cuatro años, el que con fines de lograr una ventaja comercial o ganancia financiera privada: (30) a) Evadiere, sin autorización del titular del derecho, cualquier medida tecnológica efectiva que controle el acceso a una obra, interpretación, ejecución o fonograma protegido u otra materia objeto de protección; (30)

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