público tiene —según invoca— un “derecho al olvido” por el cual pueda solicitar que se desvincule contenidos que la involucran, su nombre de determinados alegando que por el paso del tiempo han perdido dicho interés y que, a su criterio, resultan inapropiados a la auto percepción de su identidad actual y, en consecuencia, lesionan sus derechos al honor y/o a la intimidad; o si, por el contrario, la medida de desindexación de información ordenada —tendiente a hacer cesar la continuación del daño que alega— restringe indebidamente el derecho a la libertad de expresión, tanto en su faz individual como colectiva. 7°) Que la Constitución Nacional garantiza una amplia protección a la libertad de expresión, la cual tiene un lugar preeminente en el marco de nuestras libertades constitucionales, entre otras razones, por su importancia para el funcionamiento de una república autogobierno doctrina de democrática colectivo Fallos: del modo 315:1943; y por para el ella 321:412 ejercicio establecido y 2250; del (conf. 331:1530; 335:2090; 337:1174; 340:1364; 343:2211 y causa CSJ 755/2010 (46S)/CS1 “Sujarchuk, Ariel Bernardo c/ Warley, Jorge Alberto s/ daños y perjuicios”, sentencia del 1° de agosto de 2013, entre otros). En este sentido, esta Corte en reiteradas oportunidades se ha referido a la importancia de la libertad de expresión en un régimen democrático: “[e]ntre las libertades que la Constitución consagra, la de prensa es una de las que posee mayor entidad, al - 10 -

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