Tercer Suplemento Nº 245 - Registro Oficial
Martes 7 de febrero de 2023
El Gobierno Digital se fundamenta en los pilares de la gobernanza de datos,
interoperabilidad y seguridad digital.
La Administración Pública del Estado ecuatoriano estará determinada por una
real y eficiente gobernanza digital entendiéndose por aquélla al conjunto de
procesos, estructuras, herramientas y normas que permiten dirigir, evaluar y
supervisar el uso y adopción de las tecnologías digitales en la institucionalidad.
Artículo 7.- Atribuciones del ente rector de transformación digital. El ente
rector de la transformación digital tendrá las siguientes atribuciones:
a. Solicitar al Ministerio encargado de las Finanzas Públicas la asignación
del presupuesto suficiente y necesario para la efectiva implementación y
aplicación de la presente Ley.
b. Emitir políticas públicas, lineamientos, metodologías, regulaciones para
la transformación digital, gobierno digital y evaluar su cumplimiento por
parte de las entidades del sector público.
c. Coordinar la elaboración periódica de la “Agenda Digital Integral del
Ecuador” orientada a los diversos sectores del país y a todos los niveles
de gobierno y controlar su ejecución.
d. Promover el uso y la apropiación de las tecnologías digitales y de la
información y comunicación en las actividades de las empresas, de la
sociedad civil y de la academia para alcanzar los objetivos del país en la
adopción de la transformación digital en sus procesos.
e. Aprobar los planes que, en función de lo dispuesto por el Reglamento a
esta Ley, deban presentar los sujetos sometidos a su ámbito de
aplicación, asociados a la “Agenda Digital Integral del Ecuador”.
f. Dar seguimiento al cumplimiento de las metas planteadas en la Agenda
Digital Integral del Ecuador.
g. Proponer y promover reformas a cuerpos normativos a fin de impulsar la
transformación digital.
h. Estructurar programas de capacitación para todos los servidores del
sector público, los actores del sector privado, así como la ciudadanía
en general, con el fin de mejorar sus habilidades digitales.
i. Establecer, disponer y evaluar el cumplimiento de planes de
digitalización y automatización de trámites y procesos administrativos
de las entidades del sector público.
j. Identificar, disponer y evaluar los trámites, servicios y procesos
administrativos de las entidades del sector público que obligatoriamente
deberán ser digitalizados y automatizados.
k. Brindar apoyo técnico a las entidades públicas en la gestión e
implementación de tecnologías digitales.
l. Promover mecanismos que aseguren la identidad digital como pilar
fundamental para la inclusión digital y la ciudadanía digital.
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