Honorable Cámara de Senadores El Contralor y el Subcontralor tendrán las mismas inmunidades e incompatibilidades prescritas para los magistrados judiciales. En cuanto a su remoción, se seguirá el procedimiento establecido para el juicio político. SECCIÓN III DE LA BANCA CENTRAL DEL ESTADO Artículo 285. De la naturaleza, de los deberes y de las atribuciones Se establece una Banca Central del Estado, en carácter de organismo técnico. Ella tiene la exclusividad de la emisión monetaria, y conforme con los objetivos de la política económica del Gobierno Nacional, participa con los demás organismos técnicos del Estado, en la formulación de la política monetaria, crediticia y cambiaria, siendo responsable de su ejecución y desarrollo, preservando la estabilidad monetaria. Artículo 286. De las prohibiciones Se prohíbe a la Banca Central del Estado: 1) acordar créditos, directa o indirectamente, para financiar el gasto público al margen del presupuesto, excepto: i. los adelantos de corto plazo de los recursos tributarios presupuestados para el año respectivo, y ii. en caso de emergencia nacional, con resolución fundada del Poder Ejecutivo y acuerdo de la Cámara de Senadores. 2) adoptar acuerdo alguno que establezca, directa o indirectamente, normas o requisitos diferentes o 132

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