Honorable Cámara de Senadores
En las decisiones que dicte, el magistrado judicial deberá
pronunciarse también sobre las responsabilidades en que
hubieran incurrido las autoridades por obra del proceder
ilegítimo y, de mediar circunstancias que prima facie evidencien
la perpetración de delito, ordenará la detención o suspensión de
los responsables, así como toda medida cautelar que sea
procedente para la mayor efectividad de dichas
responsabilidades. Asimismo, si tuviese competencia, instruirá
el sumario pertinente y dará intervención al Ministerio Público;
si no la tuviese, pasará los antecedentes al magistrado
competente para su prosecución.
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