éste ignorado;
e) Obra seudónima: aquella en que el autor se
oculta bajo un seudónimo que no lo identifica,
entendiéndose como tal, el que no haya sido inscrito
conforme a lo dispuesto en el artículo 8°;
f) Obra inédita: aquella que no haya sido dada a
conocer al público;
g) Obra póstuma: aquella que haya sido dada a la
publicidad sólo después de la muerte de su autor;
h) Obra originaria: aquella que es primigénitamente
creada;
i) Obra derivada: aquella que resulte de la
adaptación, traducción u otra transformación de una
obra originaria, siempre que constituya una creación
autónoma;
j) artista, intérprete o ejecutante: el actor,
locutor, narrador, declamador, cantante, bailarín,
músico o cualquiera otra persona que interprete o
ejecute una obra literaria o artística o expresiones
del folklore;
k) productor de fonogramas significa la persona
natural o jurídica que toma la iniciativa y tiene la
responsabilidad económica de la primera fijación de
los sonidos de una ejecución o interpretación u otros
sonidos o las representaciones de sonidos;
l) Organismo de radiodifusión: la empresa de radio
o de televisión que transmite programas al público;
m) Fonograma: toda fijación exclusivamente sonora
de los sonidos de una ejecución o de otros sonidos.
Copia de fonograma: el soporte que contiene sonidos
tomados directa o indirectamente de un fonograma, y que
incorpora la totalidad o una parte substancial de los
sonidos fijados en él;
m) bis Radiodifusión. Para los efectos de los
derechos de los artistas intérpretes y productores de
fonogramas, significa la transmisión inalámbrica de
sonidos o de imágenes y sonidos o de las representaciones
de éstos, para su recepción por el público; dicha
transmisión por satélite también es una "radiodifusión";
la transmisión de señales codificadas será
radiodifusión" cuando los medios de descodificación sean
ofrecidos al público por el organismo de radiodifusión
o con su consentimiento;
n) Emisión o transmisión: la difusión por medio
de ondas radioeléctricas, de sonido o de sonidos
sincronizados con imágenes;
ñ) Retransmisión: la emisión de la transmisión de
un organismo de radiodifusión por otro o la que
posteriormente hagan uno u otro de la misma
transmisión;
o) publicación de una obra, interpretación o
ejecución fijada o de un fonograma significa la oferta
al público de la obra, interpretación o ejecución fijada
o del fonograma, con el consentimiento del titular del
derecho, siempre que los ejemplares tangibles se
ofrezcan al público en cantidad suficiente;
p) Videograma: las fijaciones audiovisuales
incorporadas en cassettes, discos u otros soportes
materiales.
Copia de videograma: el soporte que contiene
imágenes y sonidos tomados directa o indirectamente de
un videograma y que incorpora la totalidad o una parte
substancial de las imágenes y sonidos fijados en él;
q) Distribución: la puesta a disposición del
público del original o copias tangibles de la obra
mediante su venta o de cualquier otra forma de
transferencia de la propiedad o posesión del original
o de la copia.
r) Planilla de ejecución: la lista de las obras
musicales ejecutadas mencionando el título de la obra y
LEY 19914
Art. 3º Nº 2
a y b)
D.O. 19.11.2003
LEY 18443
Art. único Nº 1 a)
D.O. 17.10.1985
LEY 19914
Art. 3º Nº 2 c)
D.O. 19.11.2003
LEY 18443
Art. único Nº 1 b)
D.O. 17.10.1985
LEY 19914
Art. 3º Nº 2 d)
D.O. 19.11.2003
LEY 18443
Art. único Nº 1 b)
D.O. 17.10.1985
LEY 19914
Art. 3º Nº 2 e)
D.O. 19.11.2003
LEY 18957
Art. único Nº 4
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