Artículo 115.- Cobertura gratuita del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social a
jubilados. Las personas que gocen de jubilación, pensión o montepío del Estado e
instituciones autónomas y descentralizadas, tiene derecho a recibir gratuitamente la
cobertura total de los servicios médicos del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
Artículo 116.- Regulación de la huelga para trabajadores del Estado. Las asociaciones,
agrupaciones y los sindicatos formados por trabajadores del estado y sus entidades
descentralizadas y autónomas, no pueden participar en actividades políticas partidista.
Se reconoce el derecho de huelga de los trabajadores del Estado y sus entidades
descentralizadas y autónomas. Este derecho únicamente podrá ejercitarse en la forma
que preceptúe la ley de la materia y en ningún caso deberá afectar la tensión de los ser
vicios públicos esenciales.
Artículo 117.- Opción al régimen de clases pasivas. Los trabajadores de las entidades
descentralizadas o autónomas que no estén afectos a descuentos para el fondo de clases
pasivas, ni gocen de los beneficios correspondientes, podrán acogerse a este régimen y,
la dependencia respectiva, en este caso, deberá aceptar la solicitud del interesado y
ordenar a quien corresponde que se hagan los descuentos correspondientes.
SECCIÓN DÉCIMA
RÉGIMEN ECONÓMICO Y SOCIAL
Artículo 118.- Principios del Régimen Económico y Social. El régimen económico y social
de la República de Guatemala se funda en principios de justicia social.
Es obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la utilización de
los recursos naturales y el potencial humano, para incrementar la riqueza y tratar de lograr
el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional.
Cuando fuere necesario, el Estado actuará complementando la iniciativa y la
actividad privada, para el logro de los fines expresados.
Artículo 119.- Obligaciones del Estado. Son obligaciones fundamentales del Estado:
a. Promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando la iniciativa en
actividades agrícolas, pecuarias, industriales, turísticas y de otra naturaleza;
b. Promover en forma sistemática la descentralización económica administrativa,
para lograr un adecuado desarrollo regional del país;
c. Adoptar las medidas que sean necesarias para la conservación, desarrollo y
aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente;