T-366-13
Sentencia T-366/13
DERECHO DE REUNION Y MANIFESTACION PUBLICA
Y PACIFICA-Contenido
En Colombia el derecho a reunirse y manifestarse pública
y pacíficamente está expresamente reconocido en la
Constitución Política y en los tratados internacionales que
hacen parte del bloque de constitucionalidad. El artículo
37 de la Constitución consagra este derecho, en los
siguientes términos: “Toda parte del pueblo, puede
reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la
ley podrá establecer de manera expresa los casos en los
cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.” Esta
norma incorpora el derecho de manifestación,
garantizando en ambos casos su ejercicio público y
pacífico, y estatuye que sólo la ley podrá señalar
expresamente los eventos en los cuales puede limitarse el
ejercicio de este derecho.
DERECHO DE ACCESO SIN DISCRIMINACION ALGUNA
A LUGARES QUE PRESTAN SERVICIO PUBLICO-