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Par;llgrafo. Se permite en todo caso Ia retransmisi6n de televisiOn por internet
cuand~ el contenido sea informacion publica de entidades del estado o noticias al I·
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Articulo 8. Criteria diferencial de accesibilidad. Con el objeto de facilitar que
las poblaciones especlficas accedan a Ia informacion que particularmente las afecte,
los sujetos obligados, a solicitud de las autoridades de las comunidades, divulgaran
Ia informacion publica en diversos idiomas y lenguas y elaboraran formatos
alternatives comprensibles para dichos grupos. Debera asegurarse el acceso a esa
informacion a los di,stintos grupos etnicos y culturales del pals y en especial se
adecuaran los medias de comunicacion para que faciliten el acceso a las personas
que se encuentran en situacion de discapacidad.
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Articulo 9. Informacion minima obligatoria respecto a Ia estructura del I
sujeto obligado. Todo sujeto obligado debera publicar Ia siguiente informacion I
minima obligatoria de manera proactiva en los sistemas de informacion del Estado o I
herramientas que lo sustituyan:
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a) La descripci6n de su estructura organica, funciones y deberes, Ia ubicaci6n de
sus sedes y areas, divisiones 0 departamentos, y sus horas de atencion al publico;
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b) Su presupuesto general, ejecucion presupuestal hist6rica anual y planes de I
gasto publico para cada ano fiscal, de conformidad con el articulo 74 de Ia ley 1474
de 2011;
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c) Un directorio que incluya el, cargo, direcciones de correo electronico y telefono ~·i
del despacho de los empleados y funcionarios y las escalas salariales ;
correspondientes a las categorfas de todos los servidores que trabajan en el sujeto ,:
obligado, de conformidad con el formato de informacion de servidores publicos y II
contratistas;
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d) Todas las normas generales y reglamentarias, polfticas, lineamientos o i
manuales, las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con i
sus programas operativos y los resultados de las auditorfas al ejercicio presupuestal
e indicadores de desempeno;
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e) Su respectivo plan de compras anual, asf como las contrataciones adjudicadas
para Ia correspondiente vigencia en lo relacionado con funcionamiento e inversion,
las obras publicas, los bienes adquiridos, arrendados y en caso de los servicios de
estudios o investigaciones debera senalarse el tema especffico, de conformidad con
el articulo 74 de Ia ley 1474 de 2011. En el caso de las personas naturales con
contratos de prestacion de servicios, debera publicarse el objeto del contrato, manto
de los honorarios y direcciones de correo electr6nico, de conformidad con el formato
de informacion de servidores publicos y contratistas;
f) Los plazas de cumplimiento de los contratos;
g) Publicar el Plan Anticorrupcion y de Atencion al Ciudadano, de conformidad
con el articulo 73 de Ia ley 1474 de 2011.
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