CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 51-92 El Congreso de la República de Guatemala, CONSIDERANDO: Que es necesario consolidar el estado de derecho y profundizar el proceso democrático de Guatemala y que para ello debe garantizarse la pronta y efectiva justicia penal, con lo cual, además, se asegura la paz, la tranquilidad y la seguridad ciudadanas, así como el respeto a los derechos humanos; y que por otra parte, la efectiva persecución de los delincuentes y la sanción de las conductas que lesionan los bienes jurídicos, sociales e individuales de los guatemaltecos es una de las prioridades y demandas sociales más urgentes, POR TANTO, El Congreso de la República de Guatemala con el fin de dotar a la sociedad de los instrumentos legales que permitan el combate a la impunidad y el acceso a la justicia penal y con fundamento en los artículos 157, 174, 175, 176, 179 y 180 de la Constitución Política de la República de Guatemala, DECRETA: El siguiente CODIGO PROCESAL PENAL LIBRO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES TITULO I PRINCIPIOS BÁSICOS CAPITULO I

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