Departamento Administrativo de la Función Pública
Ley 2108 de 2021
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responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
LEY 2108 DE 2021
(Julio 29)
"LEY DE INTERNET COMO SERVICIO PÚBLICO ESENCIAL Y UNIVERSAL" O "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 1341 DE 2009 Y SE
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Objeto. Esta ley tiene por objeto establecer dentro de los servicios públicos de telecomunicaciones, el acceso a Internet como uno
de carácter esencial, con el fin de propender por la universalidad para garantizar y asegurar la prestación del servicio de manera eficiente,
continua y permanente, permitiendo la conectividad de todos los habitantes del territorio nacional, en especial de la población que, en razón a
su condición social o étnica se encuentre en situación de vulnerabilidad o en zonas rurales y apartadas.
ARTÍCULO 2. Agréguese un numeral al artículo 2 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 3 de la Ley 1978 de 2019, así:
ARTÍCULO 2. PRINCIPIOS ORIENTADORES.
(...)
11. Universalidad: El fin último de intervención del Estado en el Sector TIC es propender por el servicio universal a las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones.
ARTÍCULO 3. Agréguese el inciso segundo al artículo 38 de la Ley 1341 de 2009, así:
ARTÍCULO 38. MASIFICACIÓN DEL USO DE LAS TIC Y CIERRE DE LA BRECHA DIGITAL.
(...)
Ley 2108 de 2021
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