individuos contra los que se dirige, así como también a quienes defienden la libertad, la tolerancia y la no discriminación en las redes. El juez señaló que este contexto es relevante como marco para el cumplimiento por Twitter de la medida cautelar. Por todo lo anterior, el juzgado dictó la medida cautelar solicitada y ordenó a Twitter “eliminar todos los dichos y montajes fotográficos que se refieren a la actora como como “asesina”, “puta”, “judía” (puesto que se adjetiva su credo insultándolo), “lacra”, “no grata”, “cucaracha”, “perra”, “mierda”, donde la acusen de drogadicta y que le deseen su “muerte”, “sufrimiento” o “dolor” o que manifiestan “odio”. Además deberá eliminar las indicadas [en el expediente], y las que la actora individualice en el futuro” [pár. 6]. Impacto de la decisión Resultado mixto La decisión del Juzgado en lo Civil y Comercial Federal N° 2 de Argentina tiene un resultado mixto respecto al alcance del derecho a la libertad de expresión. Por un lado, el fallo reconoce que se estaría ante una vulneración al derecho a la libertad de expresión en el evento en que la medida cautelar se aplique de manera generalizada a los contenidos realizados en la red social y que se emitieron en contra de la actora. Por esta razón, la sentencia aplica la medida únicamente a aquellos comentarios ofensivos y fotografías que sean detectados por la parte demandante. Finalmente, apela al compromiso de Twitter de proteger a las personas conforme al Código de Conducta contra el Discurso de Odio en las redes.

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