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NORMAS LEGALES
Sábado 23 de setiembre de 2023 /
El Peruano
LEY Nº 31878
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la siguiente Ley de Reforma Constitucional:
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE
PROMUEVE EL USO DE LAS TECNOLOGÍAS
DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN,
Y RECONOCE EL DERECHO DE ACCESO A
INTERNET LIBRE EN TODO EL PAÍS
Artículo 1. Modificación del numeral 4 del artículo
2 de la Constitución Política del Perú
Se modifica el numeral 4 del artículo 2 de la
Constitución Política del Perú, de acuerdo con el siguiente
texto:
“Artículo 2. Toda persona tiene derecho:
[...]
4. A las libertades de información, opinión, expresión
y difusión del pensamiento mediante la palabra
oral o escrita o la imagen, por cualquier medio
de comunicación social, sin previa autorización
ni censura ni impedimento algunos, bajo las
responsabilidades de ley.
El Estado promueve el uso de las tecnologías de
la información y la comunicación en todo el país.
Los delitos cometidos por medio del libro, la
prensa y demás medios de comunicación social