Podrán también las partes proponer nuevos medios de prueba, siempre que puedan
practicarse sin necesidad de suspender las sesiones del juicio.
El tribunal resolverá en el mismo acto lo procedente, sobre las cuestiones planteadas, o se
reservarán para resolver todas o alguna de ellas en su sentencia.
Artículo 321. Ampliación de acusación. Si durante el juicio se tienen noticias de
circunstancias o hechos, relacionados con el hecho objeto del juicio, que no hayan sido
mencionados en la acusación y que puedan modificar la calificación legal o la pena del
delito, el fiscal o el acusador privado podrá modificar su calificación o ampliar oralmente la
acusación para que aquellos sean considerados durante el debate.
Si las circunstancias o hechos señalados en la ampliación exigen nuevos elementos de
prueba, cualquiera de las partes podrá pedir la suspensión del juicio y el imputado, por su
parte, tendrá derecho a pedir se amplíe su declaración.
Aún no siendo necesaria la práctica de prueba, el defensor del acusado podrá solicitar
igualmente la suspensión del juicio por el tiempo preciso, para preparar la defensa frente a
la ampliación de la acusación.
La corrección de simples errores materiales, o la inclusión de alguna circunstancia que no
modifique esencialmente la imputación ni afecte el derecho de defensa, no tendrán el
carácter de ampliación.
En caso de descubrimiento de hechos nuevos, independientes, conexos o no con el hecho
objeto del juicio que puedan constituir delito, se abrirá un procedimiento diferente para su
investigación y enjuiciamiento separados.
Artículo 322. Conformidad del imputado con la acusación. Antes de iniciarse la
práctica de la prueba, el acusador y la defensa, con la aquiescencia del acusado, podrán
pedir al tribunal que dicte sentencia aplicando al imputado la pena que en ese momento
sea solicitada, de acuerdo con el escrito de acusación inicial o con la modificación que en
éste momento se proponga, pena que en ningún caso podrá ser inferior al mínimo que
señala el Código Penal para el delito o concurso de delitos de que se trate.
No obstante, si el tribunal estima que el hecho imputado pudiera no ser típico o estar
cubierto por una eximente de responsabilidad penal, no estará vinculado por la
conformidad manifestada por las partes y ordenará la prosecución del juicio.
Lo mismo acordará motivadamente cuando la petición de las partes entrañe fraude de ley
sustantiva o procesal.
120
www.poderjudicial.gob.hn
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents