anterior constituye un acto discriminatorio abiertamente
inconstitucional, que vulnera sus derechos a la igualdad, a
la honra, a la dignidad y al libre desarrollo de la
personalidad, pues los actos de los cuales fue víctima,
continúan produciendo consecuencias nocivas, pues se
trata de conductas que generan en las personas
afectadas un sentimiento de frustración, indefensión y
vergüenza, así como un efecto disuasivo y desalentador.
[7]
2.
Solicitud de Tutela
Con fundamento en los hechos narrados, la accionante
pide se ordene al ICETEX que (i) se abstenga de impedir
que la accionante y otras personas afrodescendientes
ingresen a sus oficinas; (ii) le ofrezca disculpas públicas
como víctima de sus actos de discriminación; (iii) que le
sea proveída una indemnización por la humillación a la
que fue sometida; (iv) que se fijen públicamente los
criterios bajo los cuales dicha entidad, se abstendrá de
prohibir el ingreso a la ciudadanía afrocolombiana a las
instalaciones de las oficinas públicas del Estado y,
finalmente, (v) que se ordene al Alcalde de Medellín
implementar un programa para la formación y
capacitación de los funcionarios públicos en derechos
humanos con especial énfasis en el principio de igualdad;