22/3/23, 15:49 T-452-22 Corte Constitucional de Colombia Hechos que motivan la solicitud de amparo [4] (http://www.histats.com/viewstats/?sid=1206326&ccid=605) El 24 de junio de 2020, Catalina Ruiz-Navarro y Matilde de los Milagros Londoño Jaramillo publicaron, en el portal de Internet Volcánicas, el reportaje “Ocho denuncias de [5] acoso y abuso sexual contra Ciro Guerra”. Este documento, traducido al inglés y al fran‐ cés, presentaba la transcripción de los testimonios de ocho mujeres que presuntamente fue‐ ron víctimas de conductas “inapropiadas” por parte del tutelante. 4. 5. Según las declaraciones de Catalina Ruiz-Navarro en entrevista de 25 de junio de [6] 2020, en la emisora Blu Radio, la publicación coincidió con el lanzamiento de la revista on-line Volcánicas, de la cual es propietaria junto con Matilde de los Milagros Londoño Jara‐ millo, y fue producto de cinco meses de investigación en los cuales recibieron testimonios de las afectadas y de personas allegadas que tuvieron conocimiento indirecto de los hechos, así como otras evidencias “no reveladas”. Ciro Guerra (i) solo fue vinculado a la investigación a través de una llamada telefó‐ nica realizada por Catalina Ruiz-Navarro el día de la publicación, en la cual le hicieron pre‐ guntas que no se referían a los hechos puntuales aducidos en el reportaje, así que no pudo ejercer defensa alguna; (ii) el relato publicado reservó los nombres de las entrevistadas, por la presunta necesidad de proteger su identidad, y (iii) además de las transcripciones de los testimonios, incluyó la valoración de las periodistas sobre los hechos, que calificaron como constitutivos de acoso y abuso sexual: las periodistas afirmaron y dieron por establecida la responsabilidad de Ciro Guerra, a quien acusaron de hacer uso de su posición como cineasta para incurrir en tales conductas, mediante la intimidación y el ejercicio abusivo de poder so‐ bre las supuestas víctimas. 6. Además, según el reportaje, (iv) las presuntas afectadas no están dispuestas a denun‐ ciar los hechos ante la justicia penal, situación que debilita las posibilidades de defensa del acusado y la viabilidad de determinar con certeza los hechos ocurridos y la responsabilidad de Ciro Guerra Picón. Al final, queda solamente la versión y calificación de los hechos reali‐ zada por las periodistas. 7. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/T-452-22.htm 9/190

Select target paragraph3