del título de concesión, entre otras, el incumplimiento
de las resoluciones que hayan quedado firmes en
casos de conductas vinculadas con prácticas
monopólicas. En la revocación de las concesiones, el
Instituto dará aviso previo al Ejecutivo Federal a fin de
que éste ejerza, en su caso, las atribuciones
necesarias que garanticen la continuidad en la
prestación del servicio.
Párrafo adicionado DOF 11-06-2013
El Instituto Federal de Telecomunicaciones
garantizará que el Gobierno Federal cuente con las
concesiones necesarias para el ejercicio de sus
funciones.
Párrafo adicionado DOF 11-06-2013
La Comisión Federal de Competencia Económica y
el Instituto Federal de Telecomunicaciones, serán
independientes en sus decisiones y funcionamiento,
profesionales en su desempeño e imparciales en sus
actuaciones, y se regirán conforme a lo siguiente:
I. Dictarán
sus
independencia;
resoluciones
con
plena
II. Ejercerán su presupuesto de forma autónoma. La
Cámara de Diputados garantizará la suficiencia
presupuestal a fin de permitirles el ejercicio eficaz
y oportuno de sus competencias;
III.
Emitirán su propio estatuto orgánico, mediante
un sistema de votación por mayoría calificada;
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