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T-452-22 Corte Constitucional de Colombia
(http://www.histats.com/viewstats/?sid=1206326&ccid=605)
Esta forma de denuncia pública ha sido usada en los últimos años de manera masiva
por mujeres que, a través de las redes sociales digitales, reivindican una vida libre de violen‐
cias. En este orden de ideas, consideró que la misma difiere del ejercicio de la actividad pe‐
riodística, en tanto que los periodistas tienen un rol social específico que les demanda mayor
atención al cumplimiento de los estándares de la noticia y la información que divulgan.
79.
b. Corporación Humanas (Centro Regional de Derechos Humanos y Justicia de
Género)
La Corporación Humanas invitó a la Sala de Revisión a proteger el derecho a la liber‐
tad de expresión en el caso concreto y a estudiarlo con perspectiva de género. Su interven‐
ción se concentró en la importancia del ciberactivismo en el movimiento feminista, los dis‐
cursos especialmente protegidos y su relación con los derechos humanos de las mujeres y
periodistas.
80.
Sostuvo que para los movimientos feministas el acceso a los medios de comunicación
digitales, así como a las redes sociales, en el marco de denuncias por hechos de violencias
basadas en género es muy importante, pues es un mecanismo democrático y un espacio no
hegemónico que permite a las mujeres denunciar las situaciones por las que han atravesado y
empoderarse al transmitir ese tipo de hechos.
81.
Advirtió que las mujeres víctimas de violencias basadas en género tienen una alta
probabilidad de ser expuestas a escenarios de revictimización o de violencia institucional en
el marco de los procesos judiciales que pudieran adelantar; de ahí la importancia y necesidad
de poder acudir a las redes sociales y a los medios digitales como elemento esencial para la
protección y garantía de sus derechos y, en algunos escenarios, prevención frente a los he‐
chos de violencia.
82.
En cuanto al caso bajo estudio, destacó, como factores a tener en cuenta en el ejerci‐
cio de ponderación de derechos que este supone, la posición asimétrica en la que se encuen‐
tran el accionante, por un lado, y las mujeres que se consideran sus víctimas, por otro. El pri‐
mero es un director de cine de talla internacional nominado a prestigiosos premios por su
83.
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/T-452-22.htm
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